DATOS OBJETIVOS Y VERIFICABLES
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Leyendo un artículo sobre ATESTADO Y RECONSTRUCCIÓN DE ACCIDENTES, del que es autor el Sr. Antonio Nicolás Marchal Escalona – Comandante de la Guardia Civil y Licenciado en Derecho -, me encontré con los siguientes párrafos :
Informe técnico. Procede la confección de un informe técnico (tras el pertinente atestado), en los supuestos siguientes:
- – Cuando se trate de un accidente en el que resulte una persona fallecida en el acto o en las veinticuatro horas siguientes.
- – Accidente de materias peligrosas
- – Transporte escolar
- – Si hay un elevado número de vehículos implicados
- – Si resultan tres o más heridos graves; y, en todo caso
- – Si lo solicita la Autoridad judicial
La composición del informe técnico es variable según el accidente, pero como elementos comunes a todo Informe podemos citar los siguientes:
- a) Toma de datos
- b) Evolución del accidente (con determinación de puntos)
- c) Croquis (especial atención a los puntos fijos)
- d) Informe fotográfico
y me hizo recordar lo que en alguna sentencia había leído hace ya un tiempo, que decía asi .
“No vemos en el extenso informe de parte ningún dato relevante que desmienta la versión producida por los agentes en el atestado policial, en particular en relación con la observación sobre la falta de puntos de referencia, que nos parece escasamente convincente, existiendo un croquis y existiendo mediciones en el informe policial que desmienten tal conclusión”
En el croquis que pude consultar, evidentemente no existía localización alguna de Puntos Fijos de Referencia, pero eso sí, existían medidas que coincidían con las que se exponían en el pertinente Informe Técnico de la fuerza actuante.
Al juzgador, al parecer, según la frase, que no está sacada de contexto, no le parece ni relevante ni importante la no existencia de esos Puntos en el Croquis, y su ausencia y falta de definicion en el Informe Técnico de la fuerza.
En un artículo anterior comente que los croquis deberían de ser verificables y objetivos.
Para el juzgador, con esta opinión – existiendo un croquis y existiendo mediciones en el informe policial – sobre dichos Puntos, al parecer le llega para comprender la secuenciación del hecho de tráfico, un croquis que contenga por ejemplo la longitud de una frenada.
Estudiemos lo que ocurre al aplicar tal opinión a la VIDA REAL .
Se habla en el Informe Técnico de la fuerza que existe una frenada de 22 mts. y se dibuja tal como se muestra en el siguiente gráfico.
Como no existen Puntos Fijos de Referencia que nos indiquen donde comenzó la frenada, tan solo la transcripción literal de los 22 metros y su conveniente dibujo en el croquis a escala, podría ser que el croquis fuese correcto: existía una frenada y aquella era de una longitud determinada.
Ahora bien, si consideramos el siguiente dibujo, también sin Puntos Fijos de Referencia
También tenemos una frenada de 22 mts …también es verificable que existía dicha huella y que tenía dicha longitud.
Aquí me gustaría recordar que la fuerza actuante, tiene presunción de veracidad y ello inclinara la balanza hacia su opinión y su croquis. Pero una cosa es la presunción de veracidad y otra muy distinta es la presunción de infalibilidad ( R.A.E. Cualidad de infalible.) en sus actos, que no creo según mi leal saber y entender que estén directamente relacionadas. Bueno o quizás sí, ¿quién sabe?.
Hasta llegar a este punto, se puede opinar que bueno, hubo frenada y de ello se deducirán unas consecuencias, este más o menos bien dibujada.
¡ Craso error !
Veamos lo que ocurre en el caso A
El motorista puede haber comenzado su invasión del carril contrario cuando el vehículo comenzaba su cambio de sentido.
Posiblemente le terminen por culpar al motorista del accidente, sin mas análisis del suceso.
Ahora bien, si el grafico correcto fuese el mostrado en el caso B
Es el vehículo turismo es el que invade el carril ocupado por la motocicleta que está adelantando correctamente y lógicamente es el turismo el culpable a todas luces del accidente de tráfico.
Tenía razón el Sr. Comandante mencionado al principio del artículo:
Croquis (especial atención a los puntos fijos)
Esperemos que el Sr. Juzgador, valore más a los discretos Puntos Fijos de Referencia en la próxima sentencia que me toque leer.
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