ATESTADO, CROQUIS, PLANOS Y FOTOGRAFIAS.

Diversas sentencias hablan de la eficacia probatoria de las diligencias policiales que constan en el atestado “…pues, por razón de su contenido, pueden incorporar datos objetivos y verificables, como croquis, planos, fotografías, que pueden ser utilizados como elementos de juicio siempre que, concurriendo el doble requisito de la mera constatación de datos objetivos y de imposible reproducción en el acto del juicio oral, se introduzcan en éste como prueba documental y garantizando de forma efectiva su contradicción [ SSTC 107/1983, de 29 de noviembre, FJ 3 ; 303/1993, de 25 de octubre , FJ 2 b); 173/1997, de 14 de octubre , FJ 2 b); 33/2000, FJ 5 ; 188/2002 , FJ 2]…….”.

Llegados a este punto toca analizar los croquis, planos y fotografías, y releyendo la sentencia mencionada observo que los define como “datos objetivos y verificables”.

Al respecto nada que opinar sobre lo que nos pueda mostrar una fotografía, más aun si pertenece a un grupo de fotografías que nos dan una visión general del hecho a estudio – lo que no muestre una lo mostrara la otra -.

Caso aparte y este es el motivo del artículo, son los planos o croquis, ¿muestran realmente lo que ha ocurrido? o por el contrario refuerzan una opinión subjetiva del autor del Atestado.

Si dicho plano o croquis está realmente bien ejecutado y me refiero a bien ejecutado cuando en el mismo se muestran sin bagajes

  • Puntos fijos de referencia IMPRESCINDIBLE
  • Posiciones de los distintos puntos necesarios para la reconstrucción del accidente según la teoría de la evolución del accidente
    • Punto de percepción posible
    • Punto de percepción real
    • Punto de decisión
    • Punto o puntos de conflicto IMPRESCINDIBLE
    • Posición final de los vehículos IMPRESCINDIBLE
    • Posición de los testigos IMPRESCINDIBLE
    • Huellas y vestigios IMPRESCINDIBLE, sobre todo comienzo y fin de frenadas etc. que debieran estar convenientemente fotografiados.

CROQUISPero imaginemos que realmente aparece en dicho Atestado el croquis con todos estos elementos, ¿bastaría para referenciarlos en la descripción que da el Instructor en el Atestado, el remitirse a dicho plano?, ciertamente sería una aportación muy pobre y necesariamente seria de obligado cumplimiento que se aportaran las diferentes medidas “escritas” referidas a los ya mencionados Puntos Fijos de Referencia, puesto que de no ser así, el plano pasaría a ser un elemento que no será posible verificar y por tanto su objetividad será dudosa.

Es decir, en el Atestado habrá de aparecer claramente definidos los Puntos Fijos de Referencia y cuando exista un elemento que con posterioridad se plasmara en el croquis por ser importante para el análisis del hecho de trafico deberá aparecer fielmente localizado de forma espacial

  • xxx mts del P.F.R. A
  • xxx mts del P.F.R.B.

Dicha localización espacial, luego será plasmada en el plano. Evidentemente no es ético, primero dibujar el plano y luego basándonos en él acotar las medidas – sin comentarios, pero ocurre -.

Hecho de esta manera, el croquis sería correcto y por tanto un fiel reflejo de lo que ocurrió en el accidente  – seria objetivo – pero hemos de verificar su ejecución y para ello haremos uso de las fotografías, elementos que hemos afirmado que si nos muestran la realidad del hecho.

Si los detalles que nos muestran las fotografías coinciden con los que hemos reseñado en el croquis, en tamaño, distancia a los P.F.R., posición etc. podremos considerar de gran ayuda el plano a la hora de comprender la redacción literaria del suceso y podremos afirmar que es un elemento objetivo y verificable.

Pero ¿qué ocurre si el plano o croquis no refleja lo que se puede observar en las fotografías?, p.e. la huella de frenada esta dibujada de forma oblicua a la línea de separación de carriles en tanto en cuanto en las fotografías se ve que dicha huella de frenada es paralela a la ya mencionada línea de separación de carriles.

Se podría suponer que tendría preponderancia lo que realmente se ve en la fotografía, a pesar de que el autor del croquis, diga y perjure que su trabajo es correcto y que la huella es oblicua – a pocos nos gusta reconocer nuestros errores – , la realidad no siempre es así, me lo ha enseñado el tiempo. El juzgador tiende a valorar el testimonio del autor del Atestado más que la evidencia de la fotografía.

Entrados en este punto ¿qué se puede hacer?, no entiendo mucho de leyes pero quizás en la Audiencia Previa se podría exponer dichas diferencias y sin llegar a impugnar el Atestado o el Informe Técnico, quizás si se podría solicitar que se invalidase dicho elemento por falta de correspondencia con lo que las fotografías muestran, pero quizás sea un tema un tanto chirriante para el juzgador.

Lo cierto es que de no estar bien ejecutado el croquis y bien documentado en el Atestado se genera una evidente indefensión para los intervinientes en el suceso.

Os invito a participar y aportar vuestro conocimiento .. siempre es bueno compartir

Saludos

Print Friendly, PDF & Email
1 comentario

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *